Tutorial Declaración de la Renta Criptomonedas (España)

Sheik

Satoshi
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Yo pienso que tienen que tener un poco de compresión.
A mi lo que me jode es que no sea un poco más recíproco todo, me explico...

En ocasiones da la sensación de que somos malos y queremos escaparnos de pagar esto o lo otro.

Debería ser más personal, pienso que muchos no tendríamos ni problema en llevar el móvil, el portátil y enseñar hasta la última mierda.

Y también en el sentido de he invertido esto... Y he ganado esto... entonces pagar sobre eso... Por lo que ya han comentado otros más atrás.
 

Jose74

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21 Ago 2021
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De hecho estoy un poco acojonado, hice mis primeras compras crypto por allá 2018, pero nunca hice mucho movimiento ni he tenido unas ganancias realizadas superiores a 6000€ hasta este año 2021 que me he dedicado a ello.

No tengo problema en declarar todo hecho este año, pero me van a venir a tocar los cojones con los años anteriores? Aquellos movimientos sucedieron en exchanges que dudo tenga acceso/contraseñas hoy en día

Muy confuso todo
Me temo que sí. Intenta recopilar toda la documentación que demuestre la trazabilidad de las criptos.
 

dhormigo

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De hecho estoy un poco acojonado, hice mis primeras compras crypto por allá 2018, pero nunca hice mucho movimiento ni he tenido unas ganancias realizadas superiores a 6000€ hasta este año 2021 que me he dedicado a ello.

No tengo problema en declarar todo hecho este año, pero me van a venir a tocar los cojones con los años anteriores? Aquellos movimientos sucedieron en exchanges que dudo tenga acceso/contraseñas hoy en día

Muy confuso todo
Lo primero es tratar de cuadrar todo lo máximo posible, puedes utilizar el software de CoinTracking, pero te adelanto que te vas a frustrar y mucho. Deberás tener paciencia y serenidad, tienes meses por delante así que lo primero sería familiarizarse.

Una vez hayas hecho memoria sobre dónde has estado todos estos años comienza a sacar CSVs o importa por API a través de los exchange. Encaja las piezas del puzzle hasta que te quede un saldo aproximado a lo que tienes.
 

Eono

Satoshi
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Buenos días.
Soy un inversor inexperto en criptomonedas, que comenzó en esto en 2018 como una curiosidad y se ha dado cuenta de que está muy peza pesar de haber ido leyendo a lo largo del tiempo sobre este mundo.
Solo tengo una cuenta en etoro, y solo con inversiones en 5 criptomonedas (Cardano, Miota,Ripple, Tron y Stellar Lumen), que en conjunto nunca han llegado a vale más allá de 17.000 $. 2 de ellas (Cardano y Tron), además, me dan recompensas por staking.
Hasta ahora, tras leer y diversas consultas aquí o allí, incluyendo un par de asesorías fiscales, nunca he presentado modelo 720 ni D6, y he declarado en la renta solo las recompensas (porque hasta 2021 nunca había cerrado posiciones).
El caso es que de cara a 2021 en principio sí deberé presentar el 720, y la declaración de la renta no solo recompensas sino ganancias.
El motivo de este mensaje es preguntar si alguien podría recomendarme,aunque fuera en privado para no hacer publicidad, una asesoría fiscal que pueda ofrecerme servicios para hacer estas acciones.
Gracias.
 

BENJAKER

Gigahash
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Buenos días.
Soy un inversor inexperto en criptomonedas, que comenzó en esto en 2018 como una curiosidad y se ha dado cuenta de que está muy peza pesar de haber ido leyendo a lo largo del tiempo sobre este mundo.
Solo tengo una cuenta en etoro, y solo con inversiones en 5 criptomonedas (Cardano, Miota,Ripple, Tron y Stellar Lumen), que en conjunto nunca han llegado a vale más allá de 17.000 $. 2 de ellas (Cardano y Tron), además, me dan recompensas por staking.
Hasta ahora, tras leer y diversas consultas aquí o allí, incluyendo un par de asesorías fiscales, nunca he presentado modelo 720 ni D6, y he declarado en la renta solo las recompensas (porque hasta 2021 nunca había cerrado posiciones).
El caso es que de cara a 2021 en principio sí deberé presentar el 720, y la declaración de la renta no solo recompensas sino ganancias.
El motivo de este mensaje es preguntar si alguien podría recomendarme,aunque fuera en privado para no hacer publicidad, una asesoría fiscal que pueda ofrecerme servicios para hacer estas acciones.
Gracias.
Tienes un privado.
 

Peterjonson

Satoshi
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17 Dic 2021
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Les voy a contar mi historia ya que necesito opiniones, estoy algo preocupado y nose que pensar;
Entre 2016 y 2017 aprox compre Bitcoin,subió y subió y subió.
Ingenuo de mi pensaba que seguiría subiendo sin parar , envié mi btc a un exchange para comprar xrp y otras monedas. También gaste parte en compras con btc.
Como pensaba que seguiría subiendo apenas vendí nada y me empecé a comer toda la bajada, gasté parte en cupones canjeables y aquí es donde viene la peor parte...
Entre en una mala época de mi vida ( le peor) , jugaba mucho a juegos de azar y bebía todos los días, tal desastre de acabar sin nada en las crypto carteras e incluso llegar a perder alguna (o me las robaron) , realmente pudo pasar de todo en esa época.
Estoy saliendo de ese bache y ahora que me gustaría empezar a hacer las cosas bien temo las consecuencias de no haber declarado nada a Hacienda (ni siquiera sabía de qué iba el tema).
Me he registrado en un exchange e iré comprando todos los meses lo que bien vaya pudiendo y tengo las siguientes dudas:
¿Como declararlo?
¿Puedo tener problemas por no haber declarado nada desde 2016 hasta ahora?
Como anécdota contaros que en una de las últimas noches "trambolicas" estuve jugando 3 horas con una persona al lado que tenía "tierras crypto" me vendió una por 2300€ porque necesitaba dinero y se la compre porque había sacado 2500€ de beneficio en la ruleta en esa semana y o me los gastaba en algo o los volvía a perder.
Ahora tengo una crypto tierra y quiero ir comprando mes a mes lo que vaya pudiendo pero quiero hacer bien las cosas.
Espero sus respuestas y déjenme de últimas darle un consejo;

Cuiden su salud mental como su mayor tesoro pues si está se tambalea todo lo importante en esta vida se va (y no hablo de dinero)

Salu2
 

fxds

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27 Dic 2021
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Hola, agradeceros el excelente Tutorial que inicia este Foro y posteriores páginas de preguntas y respuestas de las que vamos aprendiendo.

Ahora que nos acercamos al 31.12 y pensando en el 720, en relación al Tutorial punto 4 segundo párrafo caso de tener criptos en una wallet en frío (papel, ledger etc), la duda/pregunta es:

Mi idea es meter las criptos en un ledger, o sea, para que estén en España, pero si bien no hay problema en meter Bitcoin en el Ledger parece no es posible en el caso de ADA donde es necesario utilizar por ejemplo AdaLite y por lo tanto entiendo que el activo estaría en AdaLite, pero si están ahí y no directamente en el pen/ledger, dónde se entiende está situada AdaLite? Dentro o fuera de España?
Agradeceros vuestros comentarios.

Xavier
 

dhormigo

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¿Como declararlo?
¿Puedo tener problemas por no haber declarado nada desde 2016 hasta ahora?
Ahora es mucho más fácil que antaño. Te recomiendo CoinTracking como software y empezar a familiarizarte y cuadrar todo como puedas. Por supuesto que puedes tener problemas, dependerá mucho de la cantidad también. Aunque siempre podrías realizar complementarias una vez tengas la trazabilidad de las monedas desde que iniciaste. Consigue capturas o pruebas de como compraste esos primeros Bitcoin.
 

dhormigo

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14 Jul 2017
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Hola, agradeceros el excelente Tutorial que inicia este Foro y posteriores páginas de preguntas y respuestas de las que vamos aprendiendo.

Ahora que nos acercamos al 31.12 y pensando en el 720, en relación al Tutorial punto 4 segundo párrafo caso de tener criptos en una wallet en frío (papel, ledger etc), la duda/pregunta es:

Mi idea es meter las criptos en un ledger, o sea, para que estén en España, pero si bien no hay problema en meter Bitcoin en el Ledger parece no es posible en el caso de ADA donde es necesario utilizar por ejemplo AdaLite y por lo tanto entiendo que el activo estaría en AdaLite, pero si están ahí y no directamente en el pen/ledger, dónde se entiende está situada AdaLite? Dentro o fuera de España?
Agradeceros vuestros comentarios.

Xavier
Si tienes la palabras privadas del Ledger se considera que están en España. Siempre, o eso es lo que tengo entendido yo.
 

juanconmiedo

Satoshi
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29 Dic 2021
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Buenas,
estoy en cripto junto a 2 familiares desde 2014. Manejo todo yo pero tenemos un contrato privado firmado por los 3 diciendo que las criptomonedas son de los 3 y proceden de una inversión en 2014. El caso es que hasta ahora sólo declaramos en 2017 por la cantidad que envíamos a nuestras cuentas bancarias declarando el 100% de lo que trajimos a nuestro banco como beneficios (Pensábamos considerarlo como una especie de fondo de inversión. Metimos dinero en 2014 y pensábamos ir declarando los beneficios que trajéramos a nuestros bancos).
Ahora queremos empezar a declarar bien, pero hay tantas miles de operaciones de años anteriores, algunas de las cuales ni siquiera tengo ya, que no veo como declarar esos años (pagué una suscripción en koinly pero ni aún así).
Si presento la declaración de este año (sin complementarias anteriores) y considerando las compras iniciales a 0€ (Es lo que hace koinly por defecto si no tiene el precio de compra) ¿Creéis que nos buscarán las cosquillas?
Al considerar precio de compra de todo lo que hemos vendido a cero, el palo que nos meten es considerable (unos 30000€ cada uno de impuestos).

Gracias por la ayuda y por el increible tutorial.
 

Berto

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1 Ene 2022
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He comprado criptos en el mes de diciembre y teniendo especial cuidado en no hacer permutas ni ventas para no tener que hacer la declaración este año. Al cuadrar las cuentas en Cointracking me voy al informe de Ganancias y Pérdidas Totales realizadas y no realizadas por divisa y cual es mi sorpresa que tengo un beneficio de dos céntimos de euro, sin vender, sin permutas. Las cripto las saque el 31 de diciembre a dos Wallets, fuera de Binance, y me descontaron 2 ADA y 0.2 ROSE por fee transmisión de red. ¿Será que al pagar esos fee con criptos me sale como un beneficio? ¿Tengo que hacer la declaración por dos miseros centimos?
 

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Berto

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Ya lo puse en otro hilo y no encontré respuesta… A ver si alguien me puede resolver esta cuestión.

La comisión de red de pasar BTC al ledger, Cointracking te la cuenta como ganancia/perdida realizada. ¿Se debe declarar a hacienda esa pequeña comisión (son céntimos)?. Porque de ser así toda retirada del exchange al Ledger te obliga a hacer la declaración aunque no vendas.

resumen:
¿hay que declarar en la renta del año que te toque la comisión de retirada al ledger?
Tengo tu mismo problema ¿encontraste información al respecto de esos céntimos que aparecen como ganancia?
 

rhayoun

Kilohash
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5 Mar 2018
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Buenas,
estoy en cripto junto a 2 familiares desde 2014. Manejo todo yo pero tenemos un contrato privado firmado por los 3 diciendo que las criptomonedas son de los 3 y proceden de una inversión en 2014. El caso es que hasta ahora sólo declaramos en 2017 por la cantidad que envíamos a nuestras cuentas bancarias declarando el 100% de lo que trajimos a nuestro banco como beneficios (Pensábamos considerarlo como una especie de fondo de inversión. Metimos dinero en 2014 y pensábamos ir declarando los beneficios que trajéramos a nuestros bancos).
Ahora queremos empezar a declarar bien, pero hay tantas miles de operaciones de años anteriores, algunas de las cuales ni siquiera tengo ya, que no veo como declarar esos años (pagué una suscripción en koinly pero ni aún así).
Si presento la declaración de este año (sin complementarias anteriores) y considerando las compras iniciales a 0€ (Es lo que hace koinly por defecto si no tiene el precio de compra) ¿Creéis que nos buscarán las cosquillas?
Al considerar precio de compra de todo lo que hemos vendido a cero, el palo que nos meten es considerable (unos 30000€ cada uno de impuestos).

Gracias por la ayuda y por el increible tutorial.
Viendo las cantidades que pueden ser. Yo de ti contactaría con un gestor experto para ver como regularizar bien la situación. Te van a cobrar bien pero te merece la pena. En la página de cointracking hay un listado de gestores por países:


En España ahora aparecen muchos (Hasta ahora solo había visto a los de seiko que parece que saben de lo que hablan... Yo no he utilizado a ninguno). Por si quieres probar con alguno para que te aconsejen bien lo que tienes que hacer. Puede que alguien del foro haya contactado con alguno...

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rhayoun

Kilohash
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5 Mar 2018
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He comprado criptos en el mes de diciembre y teniendo especial cuidado en no hacer permutas ni ventas para no tener que hacer la declaración este año. Al cuadrar las cuentas en Cointracking me voy al informe de Ganancias y Pérdidas Totales realizadas y no realizadas por divisa y cual es mi sorpresa que tengo un beneficio de dos céntimos de euro, sin vender, sin permutas. Las cripto las saque el 31 de diciembre a dos Wallets, fuera de Binance, y me descontaron 2 ADA y 0.2 ROSE por fee transmisión de red. ¿Será que al pagar esos fee con criptos me sale como un beneficio? ¿Tengo que hacer la declaración por dos miseros centimos?
Vamos yo no me preocuparía por 3 euros de diferencia... de todas formas, las compras de ADA y Rose fue directa por euros? porque puede que compraste por ejemplo BTC/USDT y luego Rose y por eso.... No sé si metiste esa comisión de retirada en la operación que creaste?

Pero vamos que todos nuestros problemas sean justificar esa diferencia ;)
 

Berto

mCoin
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1 Ene 2022
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Vamos yo no me preocuparía por 3 euros de diferencia... de todas formas, las compras de ADA y Rose fue directa por euros? porque puede que compraste por ejemplo BTC/USDT y luego Rose y por eso.... No sé si metiste esa comisión de retirada en la operación que creaste?

Pero vamos que todos nuestros problemas sean justificar esa diferencia ;)
Las compras siempre directas con tarjeta, dos las hice como depósito con tarjeta y otras dos compra directa con tarjeta, al final son dos los céntimos de euro que me salen como ganancias y debió de ser por esas comisiones de retirada. Voy a pasar unas capturas de como realice las operaciones. Gracias por contestar
 

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JLJ

Satoshi
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3 Ene 2022
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Mil gracias!!✌️ Un poco de luz!!
(Continuación)

7. ¿DEBO APORTAR DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A LA DECLARACIÓN PARA JUSTIFICAR LOS MOVIMIENTOS?

Aquí no hay una respuesta correcta, pues queda a elección de cada uno.

Si se introducen todas las operaciones detalladas en la declaración, no tiene ya mucho sentido adjuntar más documentación adicional.

Se si introduce un único resultado global para todas las operaciones o una agrupación de las mismas, dependerá de la elección de cada uno.

En mi caso, y es solo una opinión individual, he aportado un documento adicional explicando en la primera página lo que he incluido, de dónde salen esos datos globales, cómo han sido calculados y he añadido como anexos el informe de Cointracking de operaciones, el de comisiones y el de Staking/Airdrops.

Pero también sería válida la opción de no aportar nada y, si Hacienda me pregunta luego, pues le doy lo que quiera. En mi caso, y poniéndome en la posición del funcionario que revise mi declaración, he pensado que, si le incluía todos los listados, explicándole lo que había hecho y que pudiera ver que los montantes globales coinciden al céntimo con los declarados, pues quizás, haya menos posibilidades de que abran una investigación y que me pudiesen buscar las cosquillas. Parece que vas de frente, que no tienes nada que ocultar y que lo justificas todo. De la otra manera, puede dar más pie a iniciar una investigación, aunque solo sea por curiosidad al tratarse de un tema tan nuevo. Además, algunos asesores me comentaron que es lo que estaban haciendo ellos durante estos años y que, Hacienda, se lo ha dado por bueno siempre sin más. Pero como digo, es tan solo una opinión personal que he estado meditando hasta el final. Tan válida es la opción de presentar documentación adicional, como no, siempre y cuando la tengas preparada por si Hacienda te requiere algo.

Para añadir documentación adicional, primero tienes que presentar la declaración y luego vas al siguiente enlace (me costó encontrarlo):

Modelo 100. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual. - Sede Electrónica - Agencia Tributaria

Ver el archivo adjunto 4078

Debemos darle a “Aportar documentación complementaria” (esto es para 2019, para el resto de años más abajo nos vienen los enlaces) y nos llevará a la siguiente ventana:

Ver el archivo adjunto 4076

Indicaremos el número de expediente de nuestra declaración presentada y el asunto.

Y continuáremos incluyendo los datos que nos piden.

Ver el archivo adjunto 4077

El Modelo es el “100”, el ejercicio el año que sea y el periodo es anual, por lo que hay que poner “0A”.
Le damos a añadir ficheros y cargamos el documento que queramos. Si solo queremos añadir un texto explicativo sin adjuntar documentos, se hace en el hueco que indican al final y se incluirá automáticamente como un pdf.

8. CONSIDERACIONES FINALES.

Como vemos, una vez que entendemos los conceptos básicos y, con la ayuda de un software como Cointracking, no resulta complicado realizar la declaración de la renta por uno mismo, y más, teniendo en cuenta los precios abusivos que están cobrando los pocos asesores que entienden algo de esto ahora mismo en España.
La decisión de declararlo o no, debe ser una decisión individual basada en las circunstancias de cada uno. Pero si nos decidimos a declararlo, espero que este tutorial sirva para perderle el miedo a hacerlo por uno mismo.
Como apuntes finales, me gustaría destacar los siguientes aspectos:
  • Cuidado con los airdrops y los ingresos por referidos ya que, aunque tengamos pérdidas derivadas de las operaciones con criptomonedas, no podremos compensar las ganancias con ellas, ya que los primeros van a la base imponible general y las segundas van al ahorro. Y además, el tipo que se paga es el que corresponda del IRPF, no el del ahorro, así que no está limitado al 23% sino que podría llegar hasta el 47% dependiendo de nuestros ingresos.
  • Las ganancias por Staking van al capital mobiliario del ahorro, por lo que podremos compensarlas con pérdidas que tengamos de las operaciones con criptos (u otras), pero solo hasta un máximo del 25%.
  • Si vamos a modificar una declaración anterior, cuidado si nos sale a modificarla a favor de Hacienda, pues entramos ya en recargos y posibles sanciones. Si es para incluir pérdidas, no habría problemas.
  • Las pérdidas que incluyamos en operaciones, tenemos hasta 4 años para compensarlas. Si las compensamos con ganancias de otras operaciones, podemos compensar hasta el 100%, pero si las compensamos con ganancias de capital mobiliario (como el Staking por ejemplo) solo podremos compensar un 25%. Así que, a final de año, hay que estar atentos a ver si tenemos que hacer alguna desinversión para poder aprovechar esas pérdidas y que no se nos pase el plazo de los 4 años. Pero aquí cuidado. Si las monedas con las que queremos hacer la desinversión las queremos seguir conservando después, en principio, no podríamos venderlas y recomprarlas inmediatamente, porque debe pasar 1 año para poder recomprar (norma anti-aplicación de pérdidas). El truco aquí sería si, por ejemplo, tenemos 2 ETH que queremos conservar, antes de vender nada a final de año, compraríamos otros 2 ETH y luego venderíamos acto seguido esos 2 ETH. De esta forma sí podríamos hacer la desinversión correctamente. Pero también, se podría hacer la interpretación de que las criptomonedas son valores "no homogéneos" y que, por lo tanto, no le aplica dicha norma. En cualquier caso, es un tema que queda sujeto a interpretaciones de momento y, además, muy difícilmente controlable ahora mismo por Hacienda.
  • Si no nos aparecen las pérdidas de otros años para compensarlas en la declaración de ese año (porque, por ejemplo, hayamos rectificado alguna declaración anterior para meter pérdidas y habiéndonos aceptado la modificación no nos aparecen esas pérdidas en las declaraciones posteriores), podemos meterlas de forma manual en la sección de "H. Base imponible general y base imponible del ahorro". Nos vamos a la parte de base imponible del ahorro y en las casillas 439 a 442 podemos meter de forma manual las pérdidas que correspondan de los 4 años anteriores. Ojo: si ese año no tenemos ganancias que compensar, aunque metamos el importe, la casilla nos seguirá apareciendo en blanco, pero eso no quiere decir que no lo tenga en cuenta, porque en las casillas 1259 a 1269 de la sección "Anexo C.2-Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes", sí que veremos que nos aparece, preparadas para compensarlas en años siguientes.
  • Si vamos a rectificar una declaración anterior o a hacer una complementaria, Hacienda nos dice que debemos adjuntar la documentación justificativa de los movimientos que propician el cambio. Cuando es la del mismo año, en principio, no he encontrado que se pida esa documentación, pero está claro que sí que es muy recomendable.
  • En principio, la información incluida en este Tutorial ha sido revisada y chequeada con distintas fuentes de información públicas, pero esto no significa que esté exento de errores u omisiones al 100%. Por lo que, son más que bienvenidos cualquier tipo de comentarios u observaciones para su mejora, corrección o actualización.
 

YaviZ

Satoshi
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Hola, como se calcularia el staking para considerar la ganancia?
Intento poner un ejemplo:

Envias 100 cakes a stanking, y por decir algo cada 7 dias ganas 1 cake.
Mi duda es.... al final del año si esos cakes no los has vendido se considera ganancia?
O cuando los vendas se considera ganancia?
Lei en algun sitio que en el momento que te dan el cake ganado por staking se consideraria ganacia al precio que tenga el cake en ese momento.

Realmente esto es asi? incluso sin que lo vendas? Es que me parece un lio tener que conseguir toda la info de cada moneda que te vayan dando de su precio.
Supongamos ganastes al año 200 cakes y los vendes? entonces seria mas logico que el precio de venta fuera la ganancia total.

Si alguien me puede aclarar como seria esto, por que no me atrevo a hacer staking debido a no saber bien esto.
 

$ARK

mCoin
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9 Ene 2022
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:eek: Viendo el FAQ de la AEAT sobre el modelo 720 me he encontrado con esta joya:

Pregunta 36:
¿Existe obligación de informar sobre bienes tales como: obras de arte, barcos, lingotes de oro (físicos), joyas, efectivo no depositado en cuentas?

Respuesta:
No existe obligación de información sobre estos bienes entendidos como tales.



¡La bomba!
Si tengo criptos declaro, pero si tengo unos lingotes de oro y unos cuantos fajos de billetes de 500 en una caja de seguridad en Suiza no hace falta.
:p :p :p
Hola.
Pero entiendo que la declaración del modelo 720, ¿es cuando se tiene un valor en criptos superior a 50000 euros, verdad?
 

Riddick

Coin
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Hola.
Pero entiendo que la declaración del modelo 720, ¿es cuando se tiene un valor en criptos superior a 50000 euros, verdad?

Se supone que será así pero todavía no hay nada concretado (respecto a las criptos).
 

$ARK

mCoin
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9 Ene 2022
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Buenos días.
Soy un inversor inexperto en criptomonedas, que comenzó en esto en 2018 como una curiosidad y se ha dado cuenta de que está muy peza pesar de haber ido leyendo a lo largo del tiempo sobre este mundo.
Solo tengo una cuenta en etoro, y solo con inversiones en 5 criptomonedas (Cardano, Miota,Ripple, Tron y Stellar Lumen), que en conjunto nunca han llegado a vale más allá de 17.000 $. 2 de ellas (Cardano y Tron), además, me dan recompensas por staking.
Hasta ahora, tras leer y diversas consultas aquí o allí, incluyendo un par de asesorías fiscales, nunca he presentado modelo 720 ni D6, y he declarado en la renta solo las recompensas (porque hasta 2021 nunca había cerrado posiciones).
El caso es que de cara a 2021 en principio sí deberé presentar el 720, y la declaración de la renta no solo recompensas sino ganancias.
El motivo de este mensaje es preguntar si alguien podría recomendarme,aunque fuera en privado para no hacer publicidad, una asesoría fiscal que pueda ofrecerme servicios para hacer estas acciones.
Gracias.
Hola.
Yo necesitaría también conocer de algún asesor fiscal para criptomonedas. He realizado muchas operaciones durante 2021 (en Koinly me indica unas 3912). Tengo pérdidas patrimoniales, y entiendo que habrá que declararlas sí o sí, a pesar de las perdidas correspondientes.
No acabo de aclararme con Koinly para realizar la documentación correspondiente a presentar a Hacienda para justificar dichas pérdidas, y por tanto, quiero valorar también la opción de asesores financieros online o presenciales en Madrid, que pudieran ayudarme con este tema.
Muchas gracias.
 

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