Tutorial Declaración de la Renta Criptomonedas (España)

MasterRP

Kilohash
Hodler
Desde
14 Feb 2021
Mensajes
942
Puntuación
1,271
Si compro una cripto por ejemplo XRP
Compre lo siguiente:
1000 a 2€
1000 a 1€

Pongamos que vendo 1000 a 1,5€.
Para calcular si he tenido beneficios o perdidas tengo libertad a la hora de elegir la de que valor vendo, o ¿estoy forzado a que sean las primeras o un valor medio?
 

Crypto believer

Gigahash
Hodler
Veterano
Desde
31 Ene 2018
Mensajes
1,617
Puntuación
3,802
Si compro una cripto por ejemplo XRP
Compre lo siguiente:
1000 a 2€
1000 a 1€

Pongamos que vendo 1000 a 1,5€.
Para calcular si he tenido beneficios o perdidas tengo libertad a la hora de elegir la de que valor vendo, o ¿estoy forzado a que sean las primeras o un valor medio?

Las primeras... Método FIFO (First in First Out)
 

MasterRP

Kilohash
Hodler
Desde
14 Feb 2021
Mensajes
942
Puntuación
1,271
Las primeras... Método FIFO (First in First Out)
Pues en mi caso mal eso...
Porque me pagan en usdt cosas personales y luego me lo convierto a XRP para enviar donde tengo el otro por baja comisión y rapidez al enviar XRP... y en el vendo el XRP. Igual debo buscar otra moneda alternativa...
Básicamente con eso me esta jodiendo los XRP que tengo comprados a alto precio...

Y si tengo en 2 exchange distintos? tendría que poner los valores del comprado en otro distinto si fue antes?
Porque también puede darse el caso que compre XRP para gastarlos como moneda y digamos los "pierda".

La verdad que me lía esto, si uno solo utiliza las criptos para inversión bien queda claro pero cuando se utiliza como moneda para uso "común" es un caos.

Si no puedo separar las criptos que utilizo para invertir de las que utilizo como moneda de interacción esta muy jodido el asunto, no manejo grandes cantidades asi que espero no ser objetivo de hacienda.Perdonar por mi ignorancia con Hacienda yo las criptos las utilizo mas para comprar por internet o recibir dinero que inversión.
 

Quitoma

Gigahash
Hodler
Veterano
Desde
15 Ene 2018
Mensajes
1,597
Puntuación
2,522
Un poquito de un poquito offtopic para mostrar mi "alegría" con el foro:

1615920057379.png
 

Hagui

Satoshi
Desde
9 Mar 2021
Mensajes
2
Puntuación
4
Buenas, me aparece una duda a ver si alguien puede decirme algo al respeto y lo más importante a ver si se explicarme bien.

Durante 2019 y 2020 realicé compras de BTC únicamente con el fin de comprar servicios por internet (No tengo facturas de ningún tipo).

Por lo que he leído sé que hay que entender el pago de servicios como si fuera una venta, es decir tener en cuenta el importe de la moneda a la hora de pagar el servicio para posteriormente aplicar el método FIFO.

Aquí es donde viene mi duda, durante el 2021 he comprado BTC para holdear.

¿Cuando venda los BTC comprados el 2021 podría hacienda decirme que el precio de compra es el de 2019 y no el de 2021? Es que la diferencia es muy grande.

Saludos,
 

The_Large

Kilohash
Hodler
Desde
14 Dic 2017
Mensajes
700
Puntuación
916
Buenas, me aparece una duda a ver si alguien puede decirme algo al respeto y lo más importante a ver si se explicarme bien.

Durante 2019 y 2020 realicé compras de BTC únicamente con el fin de comprar servicios por internet (No tengo facturas de ningún tipo).

Por lo que he leído sé que hay que entender el pago de servicios como si fuera una venta, es decir tener en cuenta el importe de la moneda a la hora de pagar el servicio para posteriormente aplicar el método FIFO.

Aquí es donde viene mi duda, durante el 2021 he comprado BTC para holdear.

¿Cuando venda los BTC comprados el 2021 podría hacienda decirme que el precio de compra es el de 2019 y no el de 2021? Es que la diferencia es muy grande.

Saludos,
Igual me equivoco, pero si has declarado los btc de 2019 y 2020, al pagar por unos servicios de consideran gasto.
Si declaraste a hacienda esos btc de 2019 y 2020 y no declaraste su gasto, según metodo FIFO si compras btc en 2021 y vendes, ya sabes lo que tocas los primeros en entrar los primeros en salir.
 

Lozanator

mCoin
Desde
2 Mar 2021
Mensajes
47
Puntuación
52
Yo compro BTC para hold, es decir, de mi cuenta bancaria, sale FIAT periódicamente mediante SEPA a la cuenta de un exchange en U.K. Eso es lo único que ven en hacienda. Yo en ese exchange puedo vender esos BTC cuando me convenga y volver a comprar cuando me vuelva a convenir, incluso, puedo cambiarlos por otras coins y volver a convertirlos a BTC cuando me sea favorable, Siempre con el objetivo de acumular Satoshi. Como digo, eso siempre dentro del exchange. Si algún día vendo esos BTC y me los vuelvo a enviar en forma de FIAT a mi cuenta bancaria española, entiendo que tendré que declarar sobre las supuestas ganancias (si las hubiera) entre el total del FIAT que envíe al exchange y el total del FIAT que retorné? Es así? Mientras tanto no hay que hacer nada? Sobre todos los movimientos que realicé en el exchange para tradear con el BTC y acumular más de éste, no tengo que informar de nada?
Un saludo!!!
 

dhormigo

Blockchain
Administrador
Hodler
Veterano
Desde
14 Jul 2017
Mensajes
13,187
Puntuación
17,784
@Lozanator debes declarar el beneficio si pasas de BTC a Tether por ejemplo como dices para ganar satoshis. A eso se le llama permuta y aunque guste o no, debemos declararlo así porque se produce una ganancia o pérdida patrimonial.

Otra cosa es que compres Bitcoin con Euros (banco) y no lo toques, ahí si que no declaras nada. Pero cuando vendas/pases/intercambies a otra crypto estás haciendo una alteración de tu patrimonio en donde tendrás que declarar ese beneficio en la renta del año 2021 en este caso.
 

Lozanator

mCoin
Desde
2 Mar 2021
Mensajes
47
Puntuación
52
@Lozanator debes declarar el beneficio si pasas de BTC a Tether por ejemplo como dices para ganar satoshis. A eso se le llama permuta y aunque guste o no, debemos declararlo así porque se produce una ganancia o pérdida patrimonial.

Otra cosa es que compres Bitcoin con Euros (banco) y no lo toques, ahí si que no declaras nada. Pero cuando vendas/pases/intercambies a otra crypto estás haciendo una alteración de tu patrimonio en donde tendrás que declarar ese beneficio en la renta del año 2021 en este caso.
¿Pueden controlar lo que pase dentro del exchange? Al final se trata de lo que salió de España y regresó más tarde, pensaba yo... Pero ok, lo tendré en cuenta. Gracias!!
 

sensores74

Satoshi
Desde
18 Mar 2021
Mensajes
4
Puntuación
2
perdonad, me estoy planteando esto de la minería y estoy confundido. he buscado en los foros pero no acabo de aclararme ¿es necesario darse de alta como autónomo para ser minero en España? o basta con declararlo como ganancia patrimonial.
no sé si estoy en el sitio correcto
gracias de antemano
 

selohu

mCoin
Desde
24 Feb 2021
Mensajes
33
Puntuación
11
Hola, sólo por curiosidad que valor tienes que ganar para tener que hacer la declaración con cryptomonedas o si la quieres hacer?.

Gracias
 

dhormigo

Blockchain
Administrador
Hodler
Veterano
Desde
14 Jul 2017
Mensajes
13,187
Puntuación
17,784
Hola, sólo por curiosidad que valor tienes que ganar para tener que hacer la declaración con cryptomonedas o si la quieres hacer?.

Gracias
Entre salarios, paros, ayudas, ganancias en acciones, criptomonedas, etc... si superas 1000 euros tienes que declarar.
Otra cosa es que te salga a pagar o no.
 

The_Large

Kilohash
Hodler
Desde
14 Dic 2017
Mensajes
700
Puntuación
916
perdonad, me estoy planteando esto de la minería y estoy confundido. he buscado en los foros pero no acabo de aclararme ¿es necesario darse de alta como autónomo para ser minero en España? o basta con declararlo como ganancia patrimonial.
no sé si estoy en el sitio correcto
gracias de antemano
Minería es actividad económica. Alta de autónomos o constituir empresa, y pagar ss y declaraciones trimestrales (modelo 130) etc
Las ganancias de la minería es una actividad económica que tributa hasta el 43%. Las ganancias por ventas de criptos hasta el 23% (26% este año si ganas más de 200k)
No puedes deducirte el IVA soportado, pero si se podría desgravar los gastos tales como inversión en maquinas, electricidad, Seguridad Social, seguros sí que te lo deduces del ingreso, como amortización, en IVA
Al ser la minería de criptomonedas una actividad económica no sujeta a IVA (ya que no hay un pagador cierto de dicho servicio, como se refleja en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea), no cabe la posibilidad de deducir el IVA soportado

Breve reseña recolectada de criptolegal
 

criptonovato

Kilohash
Hodler
Desde
22 Oct 2020
Mensajes
546
Puntuación
496
Ha habido cambios con respecto al modelo 720? Faltan 10 días...
De todas maneras mi criptos no superan en valor los 10k euro...ojalá...
 

Crea una cuenta o accede para comentar

Debes estar registrado para poder comentar

Crear cuenta

Crea una cuenta en Foro Coin

Iniciar sesión

¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión

Arriba